sábado, 7 de marzo de 2020

Servicio sanitario

 [Fotografia de Víctor Korner Anwandter, uno de los tantos cirujanos chilenos que se destacaron en la Guerra del Pacifico]

Lima, Enero 30 de 1882.

Considerando:

1. ° Que las afecciones oculares se han hecho ya demasiado frecuentes en nuestro Ejército;

2. ° Que todas ellas tienen casi siempre una terminación desfavorable cuando faltan los elementos i atenciones especiales que esta clase de enfermedades necesita para su curación,

Decreto:

Nómbrase á los cirujanos primeros, Don Emilio Rodríguez Cerda i Don José Ramón Cárdenas, discípulos del Doctor Mazzei, para que á la mayor brevedad posible informen á esta Superintendencia sobre la localidad, personal, instrumentos i otros medios indispensables para remediar el grave mal de que se ha hecho mención.

Anótese i comuniquese.

DAVID TAGLE A

E. R Peña
Secretario.
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Lima, Enero 31 de 1882.

En cumplimiento del artículo 15 del Reglamento Provisional del Servicio Sanitario que dispone que los Contralores i Farmacéuticos rindan, á satisfacción de la Intendencia Jeneral, fianza por doble suma que la que importa su sueldo anual,

Decreto:

Procedan, Contralor Jeneral, Farmacéutico Mayor, Contralores i Farmacéuticos particulares de Ambulancias i Hospital Volante á rendir la fianza respectiva, teniendo para ello el plazo de dos meses contados desde la fecha del presente decreto.

Anótese i comuniquese.

DAVID TAGLE A

E. R. Peña
Secretario.
___________________________________________

Lima, Enero 31 de 1882.

Considerando:

1. ° Que no es posible que en caso de enfermedad los Jefes del Ejército vengan á quedar en las mismas condiciones que los Oficiales subalternos i la tropa;

2. ° Que es justo que estos funcionarios reciban las distinciones á que se han hecho acreedores por sus largos servicios i por su alta graduación;

3. ° Que en el servicio médico bien organizado de todo ejército es menester que haya siempre un Cirujano que vele con especialidad por la salud de los oficiales superiores,

Decreto:

1.° Nómbrase al cirujano 1. ° Don Lorenzo Olea Moreno para que asista profesionalmente á domicilio á los Oficiales superiores que así lo soliciten.

2. ° El espresado doctor, siempre que para llenar su cometido crea necesario el concurso de los conocimientos profesionales de cualquiera otro cirujano, podrá exijir dicha cooperación previo aviso al Cirujano mayor respectivo.

3. ° Los farmacéuticos i practicantes de Farmacia de los Hospitales, Ambulancias ó Dispensaría del Ejército de Operaciones despacharán toda prescripción que llegue á ellos con la firma del citado doctor i con el timbre del cuerpo á que el Jefe pertenece.

4. ° El Cirujano nombrado con este objeto tendrá un servicio de hospital menor que el de los otros médicos de ambulancia.

Anótese i comuniqúese.

DAVID TAGLE A

E. R. Peña
Secretario.

Lima, Febrero 1.° de 1882.

Hallándose diseminada una buena parte de las fuerzas del Ejército en varios puntos del territorio peruano y hospedados los diversos cuerpos que lo forman en lugares i barrios distintos de la población de Lima, considera necesario este Cuartel Jeneral el que se dote á cada batallón de un servicio sanitario especial, confiado á un cirujano 2.° i con los ayudantes i elementos médicos que esa Superintendencia conceptúe indispensables.

Esta medida traerá ventajosos resultados, desde que su adopción permitirá atender mas eficazmente á las necesidades de cada cuerpo, vijilando por la hijiene jeneral del soldado, su alimentación, alojamiento etc., detalles que á esa oficina central no le seria posible atender con oportunidad y esmero.

Los cirujanos primeros podrían hacerse cargo, en tal caso, de los hospitales fijos establecidos en Lima y Callao i de aquellas guarniciones mas ó menos numerosas, en donde es natural suponer que se necesite de mayor atención i competencia, atendido el número de enfermos i la gravedad de las enfermedades que tengan que curar.

Si como lo espero, esa Superintendencia estuviese penetrada del propósito que dejo espuesto i de la necesidad de ponerlo luego en práctica, no dudo que la medida se dicte lo antes posible.

Dios guarde á U.

P. LYNCH.

Al Superintendente del Servicio Sanitario.

Fuente: Lynch, Patricio, Memoria que el contra-almirante D. Patricio Lynch, Jeneral en Jefe del Ejército de operaciones en el norte del Perú presenta al Supremo Gobierno de Chile, Imp. calle Jª de Junin, num. 255, 1882, Lima, Documentos P. CCXXXXIII.

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